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Visa de Reagrupación Familiar

El visado de reagrupación familiar en régimen general se solicita para residir en España como familiar de extranjeros que ya tengan residencia legal en España y que quieran ejercer el derecho a la reagrupación familiar.

Este tipo de visado no se expide a familiares de los ciudadanos de la Unión Europea o de los Estados miembros del Espacio Económico Europeo o de Suiza (ver “Visado de Corta Duración (hasta 90 días) -> Familiares de Ciudadanos de la UE”).

Familiares que pueden obtener un visado de reagrupación familiar

  • El cónyuge, no separado de hecho o de derecho, o la persona que mantenga con el reagrupante una relación afectiva análoga a la conyugal (pareja registrada en un registro público, siempre que la inscripción no se haya cancelado, o pareja no registrada siempre que se pueda probar la continuidad de una relación de convivencia establecida antes de que el reagrupante fijara su residencia en España). No se puede reagrupar a más de un cónyuge o pareja.
  • Los hijos del reagrupante, los hijos del cónyuge o pareja -incluso los adoptados (siempre que la adopción sea válida en España)- y los representados legalmente por el reagrupante, menores de 18 años o discapacitados que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud.
  • Los progenitores (padre o madre) del reagrupante y los de su cónyuge o pareja, siempre que estén a cargo del reagrupante, sean mayores de 65 años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España. Excepcionalmente, y por razones humanitarias, se puede permitir la reagrupación de progenitores menores de 65 años.

PROCEDIMIENTO

  • Sujeto legitimado: La solicitud de visado se presentará personalmente por el interesado, o por uno de sus progenitores, si es menor de edad. También se puede presentar a través de un representante debidamente acreditado.
  • Lugar de presentación: Exclusivamente en el Centro de Recepción de Visado para España de BLS International Co. Ltd. en HANOI o en Ciudad Ho Chi Minh.
  • Subsanación de la solicitud: La Embajada de España en Hanoi podrá pedir al solicitante que presente los documentos que falten, o que aporte documentos o datos adicionales que sean necesarios para resolver la solicitud. La documentación adicional deberá presentarse a través de las oficinas de BLS arriba indicadas.
    De igual manera, la Embajada de España en Hanoi podrá convocar al solicitante a una entrevista personal, que se celebraría en su sede en Hanoi.
  • Plazo para resolver: El plazo legal para tomar una decisión es de 10 días a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud, pero este plazo se podrá ampliar cuando se soliciten documentos adicionales o la celebración de una entrevista.
  • Retirada del visado: El visado debe ser retirado personalmente por el interesado o por su representante, sin necesidad de cita, en el plazo máximo de 1 mes, contado a partir del día siguiente a la fecha en que se notifique la resolución favorable.
  • Denegación del visado: En su caso, la denegación del visado se notificará siempre por escrito, expresando los motivos en los que se basa la decisión adoptada.
  • Recursos: En caso de denegación del visado, el solicitante puede presentar un recurso de reposición ante esta Oficina Consular en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la denegación. También puede presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de 2 meses a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de denegación del visado o de desestimación del recurso de reposición.
  • Validez del visado: El visado tiene una validez de 1 año o la misma validez que la autorización de residencia concedida, siempre que ésta sea inferior a un año.
    El visado acredita la residencia en España durante su validez, no siendo necesario obtener una Tarjeta de Identidad de Extranjero. No obstante, se puede solicitar esta tarjeta ante la Oficina de Extranjeros o la Comisaría de Policía correspondiente.

BLS HCM solo acepta transferencia bancaria

Tipo de Visado Tasa de Visado en Dong Vietnamita (VND)
Visa de Reagrupación Familiar 90€ (2.387.000 VND)

Coste por el uso de BLS International Services: Existe un recargo de 448.000 VND (IVA incluido) por cada solicitud, con independencia de la tasa de visado.

Advertencia:
  • El precio citado ha de ser pagado en efectivo.
  • La tasa puede variar sin notificación previa.
  • El pago no es reembolsable

Vea por favor la documentación requerida en el siguiente enlace:

"Lista de Verificación"

Clique aquí para obtener información general sobre visados nacionales:

https://www.exteriores.gob.es/Embajadas/hanoi/vi/ServiciosConsulares/Paginas/Consular/NATIONAL-VISAS-%28SPANISH%29.aspx

Advertencia: Sentimos no poder aceptar aquellas fotografías que no se ajusten a los requisitos siguientes

Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 3 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:

  • Ha de estar tomada contra un fondo claro (blanco o cuasi blanco), de manera que se distingan los rasgos faciales y la cara contraste con el fondo.
  • Ha de ser clara y mostrar la cara enfocada.
  • Ha de estar impresa en papel de calidad fotográfica normal.
  • Ha de verse completamente la cara, sin sonreír, (sin gafas de sol, sombreros/gorras o cualquier aditamento que la cubra, salvo que el solicitante lleve estos por razones religiosas o étnicas)
  • Ha de estar adherida a la solicitud.

Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Si las fotografías presentadas no cumplen con estos requisitos, su solicitud será considerada incompleta. El centro cuenta con una cabina fotográfica (fotomatón) que cumple estos requisitos.

El plazo legal para tomar una decisión es de 10 días a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud, sin contar el tiempo que transcurre entre el envío de las solicitudes de visado desde la oficina de BLS a la Embajada de España y vice versa. La Embajada de España sólo admite las pre-solicitudes recibidas por BLS cuando haya recibido las solicitudes físicamente y la tasa de visado haya entrado efectivamente en la cuenta bancaria de la Embajada. El plazo de tramitación empieza a contar desde la fecha de admisión en el sistema informático de visado de la Embajada de España.

Tenga en cuenta que todas las solicitudes se procesan individualmente. La Embajada de España en Hanoi puede invitarle a una entrevista o solicitar más documentación o información. Esto puede prolongar el plazo de tramitación.

Formulario de solicitud de visado nacional:

Formulario de Visa Nacional