Este tipo de visado es destinado a extranjeros que quieran ejercer una actividad
laboral o profesional a distancia para empresas situadas fuera de España mediante el
uso exclusivo de medios informáticos, telemáticos o de telecomunicación.
El extranjero que realice una actividad por cuenta ajena sólo podrá trabajar para
empresas situadas fuera de España.
El extranjero que realice una actividad por cuenta propia (como autónomo) podrá
trabajar también para empresas situadas en España, siempre que el porcentaje de
dicho trabajo no sea superior al 20 % del total de su actividad.
Para obtener este visado es necesario tener un título de graduado o postgraduado
expedido por universidades de reconocido prestigio, centros de formación profesional
o escuelas de negocios de reconocido prestigio, o bien probar una experiencia
profesional mínima de tres años.
PROCEDIMIENTO
- Sujeto legitimado: La solicitud de visado se presentará
personalmente por el interesado, o por uno de sus progenitores, si es menor de
edad. También se puede presentar a través de un representante debidamente
acreditado.
- Lugar de presentación: Exclusivamente en el Centro de Recepción
de Visado para España de BLS International Co. Ltd. en HANOI o en Ciudad Ho Chi
Minh.
- Subsanación de la solicitud: La Embajada de España en Hanoi
podrá pedir al solicitante que presente los documentos que falten, o que aporte
documentos o datos adicionales que sean necesarios para resolver la solicitud.
La documentación adicional deberá presentarse a través de las oficinas de BLS
arriba indicadas.
De igual manera, la Embajada de España en Hanoi podrá convocar al solicitante a
una entrevista personal, que se celebraría en su sede en Hanoi.
- Plazo para resolver: El plazo legal para tomar una decisión es
de 10 días a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la
solicitud, pero este plazo se podrá ampliar cuando se soliciten documentos
adicionales o la celebración de una entrevista.
- Retirada del visado: El visado debe ser retirado personalmente
por el interesado o por su representante, sin necesidad de cita, en el plazo
máximo de 1 mes, contado a partir del día siguiente a la fecha en que se
notifique la resolución favorable.
- Denegación del visado: En su caso, la denegación del visado se
notificará siempre por escrito, expresando los motivos en los que se basa la
decisión adoptada.
- Recursos: En caso de denegación del visado, el solicitante
puede presentar un recurso de reposición ante esta Oficina Consular en el plazo
de 1 mes a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de
la denegación. También puede presentar un recurso contencioso-administrativo
ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de 2 meses a partir
del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de denegación del
visado o de desestimación del recurso de reposición.
- Validez del visado: El visado tiene una validez de 1 año o la
misma validez que la autorización de residencia concedida, siempre que ésta sea
inferior a un año.
El visado acredita la residencia en España durante su validez, no siendo
necesario obtener una Tarjeta de Identidad de Extranjero. No obstante, se puede
solicitar esta tarjeta ante la Oficina de Extranjeros o la Comisaría de Policía
correspondiente.
BLS HCM solo acepta transferencia bancaria
Tipo de Visado |
Tasa de Visado en Dong Vietnamita (VND) |
Visado para teletrabajadores |
90€ (2.387.000 VND) |
Coste por el uso de BLS International Services: Existe un recargo de
448.000 VND (IVA incluido) por cada solicitud, con independencia de la tasa de
visado.
Advertencia:
- El precio citado ha de ser pagado en efectivo.
- La tasa puede variar sin notificación previa.
- El pago no es reembolsable
Advertencia: Sentimos no poder aceptar aquellas fotografías que no se ajusten a los requisitos
siguientes
Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 3 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada
previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:
- Ha de estar tomada contra un fondo claro (blanco o cuasi blanco), de manera que se distingan los rasgos faciales
y la cara contraste con el fondo.
- Ha de ser clara y mostrar la cara enfocada.
- Ha de estar impresa en papel de calidad fotográfica normal.
- Ha de verse completamente la cara, sin sonreír, (sin gafas de sol, sombreros/gorras o cualquier aditamento que
la cubra, salvo que el solicitante lleve estos por razones religiosas o étnicas)
- Ha de estar adherida a la solicitud.
Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Si las fotografías presentadas no
cumplen con estos requisitos, su solicitud será considerada incompleta. El centro cuenta con una cabina fotográfica
(fotomatón) que cumple estos requisitos.
El plazo legal para tomar una decisión es de 10 días a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la
solicitud, sin contar el tiempo que transcurre entre el envío de las solicitudes de visado desde la oficina de BLS a
la Embajada de España y vice versa. La Embajada de España sólo admite las pre-solicitudes recibidas por BLS cuando
haya recibido las solicitudes físicamente y la tasa de visado haya entrado efectivamente en la cuenta bancaria de la
Embajada. El plazo de tramitación empieza a contar desde la fecha de admisión en el sistema informático de visado de
la Embajada de España.
Tenga en cuenta que todas las solicitudes se procesan individualmente. La Embajada de España en Hanoi puede invitarle
a una entrevista o solicitar más documentación o información. Esto puede prolongar el plazo de tramitación.