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Visado de Residencia Temporal por Cuenta Propia

Pueden solicitar el visado de residencia para trabajo por cuenta propia aquellas personas mayores de 16 años que se propongan realizar en España una actividad laboral por cuenta propia.

Para obtener un visado de trabajo por cuenta propia, es necesario tramitar primero una autorización de residencia inicial y trabajo por cuenta propia. Por ello, el procedimiento consta de dos fases:

I. PRIMERA FASE: Obtención de la autorización de residencia inicial y trabajo por cuenta propia

PROCEDIMIENTO

  • Sujeto legitimado: La solicitud de autorización de residencia inicial y trabajo por cuenta propia se presentará personalmente por el interesado, o por uno de sus progenitores, si es menor de edad.
  • Lugar de presentación: En la Cancillería de la Embajada de España en Hanoi (4 Le Hong Phong, Ba Dinh, Hanoi)
  • Envío de la solicitud: La Oficina Consular remitirá el expediente a la Oficina de Extranjería competente. Ésta dispone de un plazo para resolver de 3 meses contado a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la solicitud.
  • Notificación: La Oficina Consular notificará al solicitante la resolución emitida por la Delegación o Subdelegación del Gobierno competente.
    • En caso de resolución favorable, la Oficina Consular convocará al interesado para presentar la solicitud de visado.
    • En caso de resolución desfavorable, el interesado podrá interponer un recurso de reposición ante la Oficina Consular, en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación. También puede presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de 2 meses a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de denegación de la autorización o de desestimación del recurso de reposición.

II. SEGUNDA FASE: Obtención del visado de trabajo por cuenta propia

PROCEDIMIENTO

  • Sujeto legitimado: La solicitud de visado se presentará personalmente por el interesado, o por uno de sus progenitores, si es menor de edad.
  • Plazo para solicitar el visado: El visado se debe solicitar en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la notificación la resolución favorable de autorización de residencia inicial y trabajo por cuenta propia.
  • Lugar de presentación: Exclusivamente en el Centro de Recepción de Visado para España de BLS International Co. Ltd. en HANOI o en Ciudad Ho Chi Minh.
  • Subsanación del expediente: La Oficina Consular podrá pedir al solicitante que presente los documentos que falten, o que aporte documentos o datos adicionales que sean necesarios para resolver la solicitud. También podrá convocar al solicitante a una entrevista personal.
  • Plazo para resolver: El plazo legal para tomar una decisión es de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud, pero este plazo se podrá ampliar cuando se soliciten documentos adicionales o la celebración de una entrevista.
  • Retirada del visado: El visado debe ser retirado personalmente por el interesado o por su representante legal (si es menor de edad), sin necesidad de cita, en el plazo máximo de 1 mes, contado a partir del día siguiente a la fecha en que se notifique la resolución favorable.
  • Denegación del visado: En su caso, la denegación del visado se notificará siempre por escrito, expresando los motivos en los que se basa la decisión adoptada.
  • Recursos: En caso de denegación del visado, el solicitante puede presentar un recurso de reposición ante esta Oficina Consular en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la denegación. También puede presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de 2 meses a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de denegación del visado o de desestimación del recurso de reposición.
  • Validez del visado: El visado será válido para 90 días. Una vez en España, el trabajador debe afiliarse a la Seguridad Social en el plazo de 3 meses y antes del inicio de la actividad laboral y deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía competente, en el plazo de 1 mes desde el alta en la Seguridad Social.

BLS HCM solo acepta transferencia bancaria

Tipo de Visado Tasa de Visado en Dong Vietnamita (VND)
Visado de residencia temporal por cuenta propia 90€ (2.387.000 VND)

Coste por el uso de BLS International Services: Existe un recargo de 448.000 VND (IVA incluido) por cada solicitud, con independencia de la tasa de visado.

Advertencia:
  • El precio citado ha de ser pagado en efectivo.
  • La tasa puede variar sin notificación previa.
  • El pago no es reembolsable

Vea por favor la documentación requerida en el siguiente enlace:

"Lista de Verificación"

Clique aquí para obtener información general sobre visados nacionales:

https://www.exteriores.gob.es/Embajadas/hanoi/vi/ServiciosConsulares/Paginas/Consular/NATIONAL-VISAS-%28SPANISH%29.aspx

Advertencia: Sentimos no poder aceptar aquellas fotografías que no se ajusten a los requisitos siguientes

Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 3 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:

  • Ha de estar tomada contra un fondo claro (blanco o cuasi blanco), de manera que se distingan los rasgos faciales y la cara contraste con el fondo.
  • Ha de ser clara y mostrar la cara enfocada.
  • Ha de estar impresa en papel de calidad fotográfica normal.
  • Ha de verse completamente la cara, sin sonreír, (sin gafas de sol, sombreros/gorras o cualquier aditamento que la cubra, salvo que el solicitante lleve estos por razones religiosas o étnicas)
  • Ha de estar adherida a la solicitud.

Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Si las fotografías presentadas no cumplen con estos requisitos, su solicitud será considerada incompleta. El centro cuenta con una cabina fotográfica (fotomatón) que cumple estos requisitos.

El plazo legal para tomar una decisión es de 10 días a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud, sin contar el tiempo que transcurre entre el envío de las solicitudes de visado desde la oficina de BLS a la Embajada de España y vice versa. La Embajada de España sólo admite las pre-solicitudes recibidas por BLS cuando haya recibido las solicitudes físicamente y la tasa de visado haya entrado efectivamente en la cuenta bancaria de la Embajada. El plazo de tramitación empieza a contar desde la fecha de admisión en el sistema informático de visado de la Embajada de España.

Tenga en cuenta que todas las solicitudes se procesan individualmente. La Embajada de España en Hanoi puede invitarle a una entrevista o solicitar más documentación o información. Esto puede prolongar el plazo de tramitación.

Formulario de solicitud de visado nacional:

Formulario de Visa Nacional